Más de 120.000 millones para enfrentar la crisis en el sector Cultura.

Gobierno Nacional dicta medidas especiales en torno a seguridad social de artistas y gestores culturales, recursos para espectáculos públicos y ampliación de plazos para pagos parafiscales, y realización de eventos apoyados por Estímulos y Concertación.

El estado de emergencia declarado por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, permite la adopción de decretos con fuerza de ley para afrontar la crisis generada por la llegada del COVID-19 al país, e impedir la extensión de sus efectos, así como disponer las operaciones presupuestales que sean necesarias para apoyar a los ciudadanos más afectados.

En este marco, se adoptarán las siguientes medidas especiales y se expidió el Decreto 475 de 2020, para la mitigación del impacto del COVID-19 en el sector cultura:

  • Más de $80.000 millones destinados para la seguridad social de artistas y gestores culturales (adultos mayores), a través del programa de beneficios económicos periódicos (BEPS Naranja).

  • Destinación transitoria de más de $40.000 millones, provenientes del recaudo de la Ley de Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas, para actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de las artes escénicas en cualquier modalidad (presencial o virtual), durante los próximos 18 meses.
     
  • Ampliación de los plazos para la declaración y el pago de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de las artes escénicas.
     
  • Ampliación de los plazos para la declaración y el pago de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico.
     
  • Ampliación de las fechas para la realización de eventos apoyados por los Programas Nacionales de Estímulos y Concertación Cultural del Ministerio de Cultura.

 

1.     Beneficios Económicos Periódicos (BEPS)

El Gobierno Nacional ha priorizado a la población de adultos mayores, ya que puede ser la más afectada durante la actual emergencia sanitaria.

Se destinarán $80.000 millones, a través de los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS Naranja de Colpensiones), para beneficiar a más de 3 mil creadores y gestores culturales de la tercera edad.

En ese sentido, los alcaldes y gobernadores deberán realizar la apropiación y el giro de los recursos provenientes del 20% de la Estampilla Procultura, destinados a la seguridad social de creadores y gestores culturales, a más tardar el 30 de abril de 2020.

2.    Beneficios para espectáculos públicos de las artes escénicas

El Decreto también contempla la destinación transitoria de más de $40.000 millones, provenientes de la contribución parafiscal de espectáculos públicos de las artes escénicas.

Los recursos girados o que se giren a 31 de diciembre de 2020 por parte del Ministerio de Cultura a los municipios y distritos, podrán destinarse transitoriamente hasta el 30 de septiembre de 2021 para apoyar al sector cultural de las artes escénicas, en las actividades de creación, formación virtual, producción y circulación de espectáculos públicos de artes escénicas en cualquier modalidad (presencial o virtual). 

En este proceso se requiere que los responsables de cultura de municipios y distritos establezcan mecanismos ágiles de selección de los proyectos, para que en 30 días se puedan beneficiar todos los agentes de la cadena de valor (artistas, productores, promotores, etc) de la industria de espectáculos públicos que se han visto afectados por la cancelación de eventos.

La ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez, anunció durante el programa presidencial que, a las medidas establecidas en el Decreto 475 de 2020, se suma un nuevo mecanismo que busca auxiliar a los artistas y gestores culturales más vulnerables del país, a través del programa Ingreso Solidario.

3.    Ampliación de plazos en pagos parafiscales

  • Las medidas especiales para la mitigación del impacto del COVID-19 en el sector cultura contemplan la ampliación de plazos en pagos parafiscales para industrias culturales y creativas, de cine y artes escénicas, en las siguientes fechas:

    Espectáculos públicos y artes escénicas:

    Para productores permanentes:

  • Bimeste enero-febrero: hasta el 30 de septiembre de 2020
  • Bimestre marzo-abril: hasta el 30 de septiembre de 2020
  • Bimestre mayo-junio: hasta el 31 de octubre de 2020
  • Bimestre julio-agosto: hasta 31 de octubre de 2020

    Para productores ocasionales:  

  • Las boletas y los derechos de asistencia comercializados y entregados entre marzo y junio de 2020 sujetos al pago de la contribución parafiscal, podrán ser declarados y pagados hasta el 30 de septiembre de 2020.

    Sector cinematográfico:

  • Se amplía el plazo para la declaración y el pago de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico, correspondiente a las actividades realizadas entre marzo y junio de 2020, hasta el 30 de septiembre de 2020
  • Desde marzo y hasta junio de 2020, para la aplicación del beneficio de la disminución de la Cuota para el Desarrollo Cinematográfico para los exhibidores, se podrá acreditar la exhibición de cortometrajes nacionales durante 8 días calendario del respectivo mes (usualmente se requieren 15 días).

Según lo anunció la ministra de Cultura, Carmen Inés Vásquez, los artistas y gestores culturales serán beneficiados por cuatro medidas para apoyarlos durante la cuarentena nacional.

4.    Ampliación de fechas para la realización de eventos apoyados por los programas nacionales de Concertación y Estímulos

Con el fin de garantizar el desarrollo de los proyectos apoyados a través de los programas nacionales de Estímulos (convocatoria 2019) y Concertación Cultural (convocatoria 2020), en más de 500 municipios, el Ministerio de Cultura dará la posibilidad de ampliar la fecha para la realización de estos eventos.

Por lo anterior, los representantes legales de las organizaciones culturales del sector privado sin ánimo de lucro, de las entidades públicas, resguardos y cabildos indígenas y consejos comunitarios de comunidades negras, podrán solicitar a MinCultura, el trámite oportuno de prórrogas que permitan modificar metas, actividades y cronogramas, en los casos que sea necesario.

Estas medidas se suman al esfuerzo que viene adelantando el Gobierno Nacional para mitigar el impacto del COVID-19 en el país, a través de medidas como el Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, que modifica algunos plazos para la presentación de las declaraciones tributarias para el año 2020; y la línea de crédito ´Colombia responde´ de Bancóldex, que beneficia a las empresas del sector de espectáculos públicos.

El Ministerio de Cultura, como entidad coordinadora del Consejo Nacional de Economía Naranja, continuará analizando los efectos del COVID-19 en las Industrias Culturales y Creativas del país, y tomando las medidas necesarias para mitigar su impacto en el sector cultural.

Consulta el Decreto 475 de 2020

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